CALCULADORA · FÓRMULA OFICIAL DEL IRS

¿El IRS te considera residente fiscal? Contá tus días

Es la pregunta que define todo lo demás: qué formularios presentás, qué estructuras podés usar y sobre qué ingresos tributás. Y no depende de tu visa ni de tu pasaporte — depende de los días que pasaste en EE.UU.

Calculá tu presencia sustancial

Poné los días que estuviste físicamente en EE.UU. cada año. Cuenta cualquier día en que hayas estado presente, aunque sea unas horas.

Estudiantes (F, M, J, Q), docentes/investigadores y diplomáticos (A, G) pueden ser "exempt individuals": sus días no cuentan, por plazos limitados.

Días computados (fórmula del IRS)
0 / 183
Resultado

Cómo funciona la fórmula

El IRS no cuenta "183 días este año". Cuenta un promedio ponderado de tres años.

Días de este año + ⅓ de los del año pasado + ⅙ de los de hace dos años

Si el total llega a 183 o más — y además estuviste al menos 31 días este año — cumplís el test y el IRS te trata como residente fiscal.

Por qué sorprende: alguien que pasa 120 días por año en EE.UU. nunca llega a 183 en un año calendario, pero sí supera el umbral en la fórmula ponderada. Tres veranos largos seguidos pueden convertirte en residente fiscal sin que te enteres.

Preguntas frecuentes

¿Qué cuenta como "día en EE.UU."?

Cualquier día en que estuviste físicamente presente, aunque sea parte del día. Hay excepciones puntuales (tránsito de menos de 24 horas hacia otro país, días que no pudiste salir por una condición médica que surgió allá, ciertos commuters de México y Canadá).

Cumplo el test pero mi vida está en mi país. ¿Hay salida?

Existe la closer connection exception: si este año estuviste menos de 183 días, mantenés tu hogar fiscal en otro país y tenés lazos más fuertes con él, podés presentar el Form 8840 y seguir tratado como no residente. Es un formulario que se presenta en término — si no lo presentás, en general perdés la excepción.

¿Y si mi país tiene tratado con EE.UU.?

Varios tratados de renta tienen reglas de desempate ("tie-breaker") para cuando dos países te consideran residente. Se invoca en la declaración y requiere análisis del tratado puntual.

¿Ser residente fiscal me da estatus migratorio?

No. Son cosas totalmente separadas: la residencia fiscal define ante quién declarás, no dónde podés vivir o trabajar legalmente.

¿Qué cambia si soy residente fiscal?

Bastante: tributás sobre tu ingreso mundial (no solo el de fuente EE.UU.), presentás 1040 en vez de 1040-NR, se abre la puerta a la S-Corp, cambian los formularios de tu LLC y aparecen reportes de activos en el exterior. También cambia tu exposición al estate tax.

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Aviso importante: Esta calculadora aplica la fórmula general del substantial presence test (IRC §7701(b)). No contempla todas las excepciones de días no computables ni los plazos exactos de las categorías de "exempt individuals", que dependen de tu visa, de años previos y de tu historial. Tampoco reemplaza el análisis de un tratado aplicable. La residencia fiscal es una determinación técnica con consecuencias importantes: verificá tu caso con un profesional habilitado antes de decidir. Material informativo y educativo, no constituye asesoramiento fiscal ni legal. Sumalis es parte del ecosistema Onell.us / Emprendenus.