Es de las dudas más caras del rubro: mucha gente tramita un ITIN que no le hace falta, y otros lo necesitan hace años sin saberlo. Tres preguntas y sabés en cuál de los dos grupos estás.
El ITIN existe para una sola cosa: identificarte ante el IRS cuando tenés una obligación fiscal personal en EE.UU. y no podés tener un SSN. Ni más, ni menos.
El ITIN es exclusivamente para quienes no son elegibles para un Social Security Number. Si podés obtener un SSN, el IRS no te va a emitir un ITIN — y si ya tenés ambos por algún motivo histórico, se usa el SSN.
Este es el caso más común y el más malentendido. Una LLC de un solo dueño extranjero, operada 100% en remoto, presenta Form 5472 + 1120 proforma usando el EIN de la LLC — no tu número personal. Si no tenés una declaración personal (1040-NR) que presentar, el ITIN no es un requisito para existir ni para cumplir.
Las rentas de inmuebles en EE.UU. son ingreso de fuente estadounidense y se declaran en un 1040-NR a tu nombre. Esa declaración personal necesita un identificador: como no podés tener SSN, va con ITIN.
Al vender, FIRPTA hace que te retengan hasta el 15% del precio de venta. Para pedir reducir esa retención (Form 8288-B) o para recuperar el excedente en tu 1040-NR, necesitás ITIN. Sin él, tu plata se queda en el IRS.
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Como socio extranjero de una partnership de EE.UU., recibís un K-1 y la sociedad debe identificarte. Si esa partnership genera ingreso efectivamente conectado (ECI), te corresponde presentar tu propio 1040-NR — y ahí el ITIN es imprescindible.
Para reclamar la tasa de un tratado por dividendos o intereses con un broker, en general alcanza con el W-8BEN — que acepta tu número de identificación fiscal extranjero (el de tu país). No siempre hace falta ITIN.
¿Dudás con el formulario? Mirá el quiz de W-9 vs W-8BEN y la calculadora de retención por país.
Cónyuges y dependientes que no pueden obtener SSN necesitan ITIN para ser incluidos en una declaración de EE.UU. Se tramita junto con la declaración donde figuran, no por separado.
El ITIN se emite por obligaciones fiscales, no bancarias. El IRS no lo otorga "para abrir una cuenta": una solicitud sin declaración ni excepción que la respalde se rechaza.
Prestar servicios estando físicamente en EE.UU. puede generar ingreso conectado (ECI) y, según los días que pases, incluso convertirte en residente fiscal por el test de presencia sustancial. Eso cambia todo: qué formulario presentás y si te corresponde ITIN o SSN.
Si no tenés claro si sos elegible para un SSN, esa es la pregunta previa: define si el ITIN siquiera te corresponde. Visa de trabajo, green card en trámite o presencia sustancial cambian la respuesta por completo.
El ITIN se pide con el Form W-7. El formulario en sí no tiene costo; lo que se paga es la preparación y, si corresponde, la certificación de documentos.
El W-7 exige marcar por qué lo pedís. El más común para no residentes es presentar un 1040-NR; también existen excepciones para casos donde todavía no hay declaración. Marcar mal el motivo es la causa número uno de rechazo.
Salvo que apliques a una excepción, el W-7 se presenta junto con la declaración de impuestos. No es un trámite suelto: sin declaración ni excepción, no hay ITIN.
El pasaporte es el único documento que sirve solo. El IRS pide originales o copias certificadas por la autoridad emisora — o podés usar un Certifying Acceptance Agent (CAA), que verifica y te devuelve el pasaporte en el momento en vez de que lo mandes por correo.
El IRS suele tardar alrededor de 7 semanas, y bastante más en temporada alta (enero a abril). Planificá el trámite con tiempo respecto de tu deadline.
Un ITIN que no se usa en una declaración durante 3 años consecutivos expira el 31 de diciembre del tercer año. Renovarlo es otro W-7. Por eso no conviene sacarlo "por las dudas".
No. Es solo un número para fines fiscales. No autoriza a trabajar, no da estatus migratorio y no habilita beneficios de Seguridad Social.
No. El EIN se tramita con el Form SS-4 y, sin SSN/ITIN, se gestiona por fax o correo (o por teléfono en el caso de solicitantes internacionales). Son dos números distintos, con trámites distintos.
Algunas instituciones lo aceptan como identificación, pero eso no lo convierte en un motivo válido para que el IRS lo emita. Y para las plataformas más usadas por no residentes, ni siquiera hace falta.
Sí: si no aparece en una declaración federal durante tres años seguidos, expira automáticamente. También hubo tandas de vencimientos por rangos de dígitos en años anteriores.
Sí, es un trámite que se puede hacer solo. La contra es que el rechazo cuesta meses: motivo mal marcado, documentos no certificados o declaración incompleta y volvés a empezar.
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